El Tribunal de la Cámara Penal tucumana dictó penas de entre 22 a 10 años de prisión para los condenados por la Corte Suprema provincial por el secuestro y promoción de prostitución de la joven.
El Tribunal de la Cámara Penal de Tucumáncondenó hoy a penas de entre 22 y 10 años de prisión a los diez condenados por el secuestro y promoción de la prostitución deMarita Verón. Además, nueve de ellos quedaron presos, y a una mujer le concedieron el arresto domiciliario por 15 días en el nuevo fallo tras la revisión ordenada por la Corte provincial.
Los camaristas Emilio Páez de la Torre, Dante Ibáñez y Juana Juárez condenaron hoy a 22 años de prisión a José "Chenga" Gómez y Gonzalo Gómez por el secuestro de la joven tucumana y su sometimiento a la prostitución.
A su vez, el tribunal tucumano le dictó 18 años de prisión a Daniela Milhein, acusada de mantenerla cautiva para su explotación sexual. La misma pena recibió Alejandro González. En tanto, la condena fue de17 años para Carlos Luna y Pascual Andrada; 15 años para Azucena Márquez; 12 para Humberto Derobertis y diez años para Mariana Bustos.
A todos ellos, el Tribunal les dictó la prisión preventiva mientras la sentencia no esté firme. Mientras que a Paola Gaitán, quien fue condenada a diez años de prisión, le concedieron 15 días de arresto domiciliario. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 24 de abril.
Tanto los fiscales como los abogados de Susana Trimarco, la mamá de Marita, habían pedido la pena máxima de 25 años de prisión para quienes consideran coautores del secuestro: los hermanos Gómez, Milhein y González. Para los otros seis imputados, habían solicitado penas menores ya que los consideraban partícipes necesarios.
En diciembre de 2012, al cabo de diez meses de juicio oral, el tribunal formado por Alberto Piedrabuena, Emilio Herrera Medina y Eduardo Romero Lascano había absuelto a los 13 imputados originales. Esa sentencia desató violentas protestas y un pedido de Susana Trimarco de que sus firmantes fueran sometidos a un juicio político que no prosperó.
Al año siguiente la Corte Suprema tucumana anuló la absolución, condenó a diez de los imputados, absolvió a dos (María Jesús Rivero y Víctor Rivero) y dio por extinguida la acción penal contra Lidia Medina, quien había muerto unos meses antes.
La Corte tomó la decisión al considerar probado que María de los Angeles Verón, “Marita”, fue secuestrada el 3 de abril de 2002, retenida primero en una casa de la capital tucumana y luego trasladada a La Rioja, donde fue obligada a prostituirse. Las acciones de los diez condenados constituyeron eslabones, según ese fallo, de tal cadena de hechos.
Fuente. Clarin
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